Ese último criterio es compartido por el director del Hospital del Tórax, Marco Antonio García, en la misma sede de Gobierno. “No se los puede rechazar (a los migrantes), por ejemplo, si llega un paciente con su salud o vida en peligro. Cualquier centro de salud tiene la obligación de atenderlo”, detalla el médico.
“Si es que hubiese una emergencia, si es que necesitaran de atención urgente en cualquier centro hospitalario, no tendría que negárseles”
No obstante, matiza diciendo que estos son casos excepcionales y, en lo posible, las personas con otras nacionalidades en Bolivia deben tratar de reunir todos los requisitos para ser atendidas.
Estos requisitos, según explica García, son sencillos: documentos de identidad y certificaciones que avalen un ingreso legal al país, “a través de sus visas o pasaportes”, según corresponda.
Además, deben estar dentro las poblaciones que se detalla en la norma (ley 1152) y deben acudir a las oficinas del SUS para su registro. Estos despachos están instalados en todos los hospitales y postas del sistema de salud público boliviano.
“Es ahí donde deben ser anotados, no importa la ciudadanía, la nacionalidad. Según las nuevas normativas se les debe brindar esta colaboración”, dice García.
Pero, por las condiciones en las que se ven obligados a migrar, un requisito tan sencillo como un documento de identidad puede representar una limitación.
La coordinadora de VenMundo en Bolivia, Mary Molina, explica que uno de los principales problemas es que muchos de sus compatriotas no ingresan al país de manera “regular” y otros solo llegan con copias de su documento de identidad.
“No es que los médicos se nieguen a darles atención, es porque no los pueden identificar”, resalta Mary y reitera que está falta de documentación hace muy difícil el acceso a servicios de salud para los venezolanos.
Ante esta situación, el Gobierno boliviano, a través de la Dirección General de Migración, aprobó tres resoluciones administrativas con las que acepta la fotocopia simple del certificado, del registro o de la partida de nacimiento para la regularización de menores de 18 años.
Además, se reconoce como documento válido el pasaporte, documento nacional de identidad y cualquier documento de viaje caduco de ciudadanos extranjeros venezolanos para el ingreso regular a Bolivia. Finalmente, se autoriza la permanencia transitoria por dos meses a las familias con hijos menores de edad.
Luego del «exabrupto» en el registro de su hijo menor, que extendió por casi una semana un trámite que normalmente toma de dos a diez minutos, Jannis consiguió la atención médica gratuita a la que cualquier menor de cinco años, sin importar su origen, tiene el derecho de acceder dentro el territorio boliviano.
“Monetariamente no nos costó nada inscribir al niño al Sistema Único de Salud”
“Le colocaron su vacuna. Le dieron complemento de hierro, vitaminas y el antiparasitario”, detalla y explica que pronto esperan poder conseguir un empleo que les permita acceder a un seguro médico más completo.
El SUS, con sus limitaciones, también incluye entre sus beneficiarias a personas mayores de 60 años, personas con discapacidades, mujeres embarazadas (desde el inicio de la gestación y hasta los seis meses posteriores al parto) y mujeres de todas las edades con requerimientos en salud sexual y reproductiva.